Ayudas al Alquiler 2025 – Comunidad Valenciana

ayudas alquiler 2025

Todo lo que necesitas saber para solicitarlas este año

Un año más, la Generalitat Valenciana ha publicado la convocatoria de Ayudas al Alquiler 2025, destinadas a facilitar el pago de la vivienda habitual a personas y familias con ingresos bajos o moderados. En esta guía te explicamos qué son, quién puede pedirlas, qué documentación necesitas y otros aspectos clave para no perder esta oportunidad.

Recuerda, puedes solicitar la ayuda en PROHA, en Avenida del Pla nº122, (Xàbia) siempre con cita previa.

¿Qué son estas ayudas?

Son subvenciones directas para personas que pagan un alquiler por su vivienda habitual o por una habitación. Su objetivo es reducir el esfuerzo económico que supone el alquiler mensual y garantizar un acceso más justo a la vivienda.

La convocatoria forma parte del Plan Estatal de Vivienda 2022–2025 y está gestionada por la Generalitat Valenciana a través de la Conselleria de Vivienda.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Pueden solicitarla personas que:

  • Sean mayores de edad y tengan residencia legal en España.
  • Tengan un contrato de alquiler en vigor (vivienda o habitación) en la Comunidad Valenciana.
  • Estén empadronadas en la vivienda alquilada.
  • Tengan ingresos anuales de la unidad de convivencia entre 0,3 y 3 veces el IPREM (unos 2.520 € – 25.200 € aprox.).
  • No sean titulares de una vivienda en propiedad (salvo excepciones justificadas).
  • Estén al corriente del pago del alquiler.

¿Cuánto dinero se puede recibir?

La ayuda cubre hasta el 50 % del alquiler mensual, con un tope según el tipo de alquiler:

Tipo de alquilerLímite mensual de alquiler subvencionable
Vivienda650 €
Habitación300 €

Las cuantías pueden variar según tramos de ingresos o situaciones especiales (personas con discapacidad, familias numerosas, etc.).

Plazos importantes

  • Convocatoria abierta desde el 22 de julio de 2025.
  • Plazo de presentación de solicitudes: se anunciará oficialmente en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), pero se espera que esté abierto durante agosto y septiembre.
  • Justificantes de pago del alquiler: si se concede la ayuda, la persona beneficiaria deberá presentar mensualmente los recibos del alquiler pagado, dentro del plazo que marque la resolución (normalmente entre el día 1 y 10 de cada mes siguiente).

Documentación a presentar

  1. DNI/NIE de todos los adultos de la unidad de convivencia.
  2. Contrato de alquiler completo y firmado.
  3. Recibos recientes del alquiler
  4. Volante de empadronamiento colectivo actualizado.
  5. Declaración de la renta 2023 o certificado de imputaciones de Hacienda.
  6. Certificado de titularidad bancaria (IBAN para el ingreso).
  7. Certificados de discapacidad, monoparentalidad o violencia de género si aplica.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si vivo en una habitación?

Sí. El alquiler de habitaciones también puede ser subvencionado, con un tope de 300 €/mes. Necesitas un contrato válido.

¿Se puede pedir online?

Sí. La solicitud se puede hacer por sede electrónica (con certificado digital o Cl@ve), o bien presencialmente en ayuntamientos u oficinas de vivienda (con cita previa).

¿Qué pasa si me dan la ayuda, pero dejo de pagar?

La ayuda está condicionada al pago del alquiler. Si no presentas los recibos mensuales, puedes perder la ayuda y tener que devolver el dinero recibido.

En resumen…

  • Ayuda para el pago del alquiler de vivienda o habitación.
  • Subvención de hasta el 50 % del alquiler mensual.
  • Abierta a personas con ingresos bajos/medios que residan legalmente en la Comunidad Valenciana.
  • Se necesita contrato, empadronamiento, ingresos y recibos.
  • Trámite online o presencial (con cita previa en PROHA).
  • Entrega de justificantes de pago una vez concedida la ayuda.
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