Ayudas al alquiler de vivienda 2021

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Tacte Social trabaja desde el servicio PROHA en Jávea (Alicante) en la prestación del servicio de información, mediación y asesoramiento en materia de vivienda. Hoy 10 de Junio la Generalitat Valenciana abre el plazo de presentación de las ayudas económicas que destina al alquiler de vivienda 2021. Te contamos todo lo que debes saber sobre sus requisitos, importes e incompatibilidades.

OBJETIVO

Las ayudas al alquiler de vivienda son ayudas directas para personas físicas inquilinas con escasos medios económicos para el alquiler de su vivienda habitual y permanente de las mensualidades pagadas desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, cuya vivienda se encuentra en el territorio de la Comunidad Valenciana.

PLAZO

El plazo para la presentación de solicitudes empieza el día 10 de junio y finaliza el día 8 de julio de 2021.

SOLICITUD DE LAS AYUDAS ¿Quién puede solicitar la ayuda?

La solicitud de las ayudas se realizará exclusivamente por medios telemáticos, con certificado permanente o clave pin. Sino dispones de medios electrónicos puedes llamar y coger cita con el servicio de PROHA al siguiente teléfono: 965790500. Si tu municipio no dispone de departamento de vivienda, puedes acudir a la oficina de atención al ciudadano.

REQUISITOS

– Persona física y mayor de edad.

– Tener la nacionalidad española todos los miembros de la unidad de convivencia y DNI  los mayores de 16 años.  En caso de personas extranjeras deberán tener permiso de trabajo y residencia en vigor y poseer el NIE todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años.

–  Ser titular, como persona arrendataria, de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado conforme a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

– La vivienda arrendada debe ser la residencia habitual y permanente de la persona arrendataria o unidad de convivencia, durante todo el periodo por el que se concede la ayuda. Se acredita mediante certificado o volante de empadronamiento con antigüedad inferior de 3 meses, donde debe constar todos los miembros de la unidad de convivencia.

– La unidad de convivencia debe acreditar unos ingresos mínimos de 0,3 veces el IPREM.

IMPORTE DE LA AYUDA

Hasta el 40 % del alquiler. Y hasta el 50 %, si la persona solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años en el momento de presentar la solicitud.

La suma de los ingresos de las personas que integran la unidad de convivencia, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, deben ser iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), salvo determinadas excepciones que se indican en la base 2ª. 1 d) de la Orden 3/2021 de bases reguladoras.

La renta de la vivienda en alquiler ha de ser igual o inferior a los límites indicados en la base 5ª de la Orden 3/2021 de bases reguladoras.

INCOMPATIBILIDADES

Ser persona propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España. No se considerará que se es persona propietaria o usufructuaria de una vivienda si el derecho recae únicamente sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad del titular o de algún miembro de la unidad de convivencia.

La persona arrendataria o cualquiera que tenga su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, tenga parentesco en 1º o 2º grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador o arrendadora de la vivienda.

La persona arrendataria o cualquiera de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada pertenezca a la misma sociedad o sea partícipe de la persona física o jurídica que actúe como parte arrendadora.

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Ayudas alquiler 2021 para personas mayores de 65 años

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Ayudas alquiler 2021 para menores de 35 años y/o personas mayores de 35 años que sean dependientes.

¿Quieres ampliar información sobre las ayudas de alquiler a la vivienda para este año 2021?

Te compartimos el enlace de la Generalitat Valenciana aquí

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