
El pasado viernes tuvo lugar en “l’espai Jove plus “de Jávea una charla que realizó una de nuestras trabajadoras sociales Carla Mas.Como ya les comentamos en anteriores publicaciones, Tacte Social trabaja desde el servicio PROHA en Jávea (Alicante) en la prestación del servicio de información, mediación y asesoramiento en materia de vivienda .En dicha charla se explicó a los asistentes los requisitos y ventajas que conllevan los Bonos de alquiler joven y las ayudas a la compra de viviendas.
En este articulo les dejamos un breve resumen de aquello mas relevante y esperamos les sirva de ayuda para realizar los tramites pertinentes.
Serán subvencionables las adquisiciones de una vivienda en régimen de propiedad para destinarla a residencia habitual y permanente que se realicen a partir del 1 de enero de 2022 hasta el 30 de Setiembre de 2022.
-El objetivo de esta ayudas es favorecer el acceso a la vivienda en régimen de propiedad para las personas jóvenes, en municipios con riesgo de despoblación, rurales, núcleos de población de pequeño tamaño… en cualquier caso de menos de 10.000 habitantes.
-El período de solicitud será hasta el 30 de Septiembre de 2022
-El 20% del precio de compra con una cuantía máxima de ayuda de 10.800€
El importe de adquisición de la vivienda no tiene que superar los 120.000€
-Los requisitos para poder ser beneficiario/a de la ayuda son:
Tener menos de 35 años, incluida la edad de treinta y cinco años, en el momento de solicitar la ayuda o en el momento de la suscripción del contrato público o privado de adquisición de vivienda, debiendo concurrir este requisito en todos los compradores de la vivienda, si fueran varios.
Poseer nacionalidad española
Haber suscrito o estar en condiciones de suscribir un contrato desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 20 de Septiembre de 2022
Que la vivienda a adquirir vaya a constituir la residencia habitual y permanente de la persona o personas beneficiarias por un plazo mínimo de 5 años desde la fecha de su adquisición.
Tener unos ingresos iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples(IPREM).
Acreditar unos ingresos equivalentes como mínimo a 0,3 veces el IPREM
-¿Cómo se tramita?
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Se debe cumplimentar un formulario electrónico de solicitud por cada persona que adquiere la vivienda y solicita la ayuda.
-Incompatibilidades
La ayuda será compatible con cualquier otra ayuda para el mismo objeto que otorgue cualquier otra institución pública o privada siempre que el importe total de las ayudas recibidas no supere el coste total del precio de compra y siempre que la regulación de las otras ayudas, ya sean de ámbito nacional o europeo, lo admitan.
NO serán compatibles con las ayudas para el alquiler que pudieran otorgarse al amparo del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 durante el mismo ejercicio subvencionado