
Como respuesta al envejecimiento y aumento de la población dependiente, el año 2007 entró en vigor la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, más conocida como “Ley de Dependencia”.
La Ley de dependencia nace para garantizar la atención de toda persona que necesite de cuidados. Esta ley ofrece un conjunto de servicios y prestaciones económicas destinadas a la atención y protección de personas dependientes.
Esta Ley ampara tanto a las personas dependientes como a sus familiares y cuidadores, Por ello, dentro de esta ley se prevé que cada persona dependiente pueda medir su grado de dependencia y acorde a este, disponer de diferentes servicios y ayudas, tanto las personas por la cual se solicita como sus familiares y cuidadores, acordes a su situación individual.
Y, ¿cómo sabemos el grado de dependencia de nuestros mayores? Debemos solicitar un informe al SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia), regulado por el órgano evaluador de cada Comunidad Autónoma, la cual establecerá el grado de dependencia acorde a una escala de 3 tipologías de dependencia
-Modalidades de Dependencia
Así, la ley establece 3 tipologías de dependencia en función de su grado o nivel:

- Grado I: Se refiere a las personas que necesitan asistencia puntual o intermitente para realizar sus labores cotidianas.
- Grado II: Se trata de las personas que precisan de ayuda para el desempeño de su vida cotidiana entre 2 y 3 veces al día o de forma extensiva y que, sin embargo, no desean la ayuda constante de un cuidador.
- Grado III: Este es el grado más avanzado de dependencia. Engloba a todas aquellas personas que sufren una pérdida casi total o total de su autonomía física, mental y sensorial, y que precisan de la ayuda constante de un cuidador.
-¿Quién tiene derecho a la ley de dependencia?
Para poder beneficiarnos de las ayudas contempladas en la Ley de Dependencia, la persona que la solicita debe cumplir con tres requisitos básicos:
1- O tener la nacionalidad española.
2- O residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud
3- Ser declarado dependiente y el grado correspondiente a través del órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que se reside o a través de los Servicios Sociales de tu ayuntamiento.
–Documentación necesaria para solicitar la Dependencia
-Fotocopia del DNI del solicitante
-Certificado de empadronamiento
-Informe médico (informe de prestaciones)
-Solicitud de reconocimiento de la dependencia
-Domiciliación bancaria
-Autorización de acceso a datos
-El proceso de valoración
Cada Comunidad Autónoma establece un órgano de valoración que será responsable de emitir un dictamen sobre el grado y el nivel de dependencia de las personas que lo tramiten. La valoración, por lo general, se hace en el hogar del solicitante y analiza informes de salud, ayudas técnicas que necesita, el entorno en el que desarrolla su vida y las condiciones de la persona solicitante.
Una vez realizada la valoración y determinado el grado de dependencia, se emitirá una resolución con el mismo y se procederá a elaborar un Plan Individual de Atención (PIA) para la persona interesada. El PIA determina las intervenciones más adecuadas a las necesidades de la persona, de entre los servicios y prestaciones económicas previstas en la resolución para su grado de dependencia. El solicitante podrá elegir entre las modalidades de intervención más adecuadas para su caso.
-Servicio de Ayuda a Domicilio.
El servicio de ayuda a domicilio lo constituye el conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia con el fin de atender las necesidades de su día a día e incrementar así su autonomía, favoreciendo la permanencia en el mismo.
El programa pretende dar soporte a las actividades de la vida diaria que no puedan realizarse de forma autónoma, realizando tareas de atención personal y domésticas:
- Las actividades de atención personal comprenden todos los aspectos relacionados con la higiene y el cuidado el aseo personal. Incluye cambios posturales, movilizaciones y las actividades directamente relacionadas con la potenciación de la autonomía personal.
- La atención de necesidades del hogar engloba, de forma secundaria, las actividades relacionadas con la limpieza, mantenimiento y cuidado del entorno más próximo de la persona.